VIGILADOR CONDENADO POR BALEAR A UN TRANSEÚNTE TRAS REPELER UN ASALTO

vigilador dispara con arma de fuego

Eduardo Antonio Meyer de 61 años fue condenado a tres años de prisión condicional y reglas de conducta por haber baleado sin intención a un recolector de residuos al repeler un asalto a un comercio.

A raíz de ese incidente, quedó al descubierto que el Vigilador acusado no tenía permiso de portación de armas. Así, mediante un procedimiento abreviado, aceptó la condena por los delitos de lesiones graves culposas y la portación ilegítima de arma de fuego de guerra que, según la sentencia, no empleó con fines ilícitos.

Meyer fue acusado por el fiscal de Flagrancia Rodrigo Santana de un hecho ocurrido el pasado 3 de junio en la ciudad santafesina de Rosario, en la intersección de las calles Corrientes y Uriburu. Cerca de las 20.30 horas, cuando el hombre de 61 años estaba trabajando como Seguridad en un negocio ubicado en esa esquina, vio llegar a dos hombres en una moto con aparentes fines de asaltar el local.

En ese marco, señalaron fuentes judiciales, el Vigilador fue hasta su auto Volkswagen Gol que estaba estacionado a unos metros y extrajo un arma de fuego. Entonces disparó al menos tres veces para impedir el asalto y así resultó herido un trabajador que estaba a bordo de un camión recolector de residuos.

Por esa conducta el fiscal le imputó, además, haber portado en la vía pública y sin autorización legal la pistola Bersa calibre 9 milímetros con número de serie y siete cartuchos intactos. Asimismo, la acusación incluyó el delito de haber «violado y desobedecido la obligación de aislamiento social, preventivo y obligatorio» en el marco de la pandemia de Covid-19.

Como la pena, que incluye una inhabilitación especial para tener y portar todo tipo de armas de fuego por el término de 6 años, es de cumplimiento condicional, el acuerdo contempla ciertas reglas que el condenado tiene que cumplir como fijar residencia, ser controlado por la Dirección de Control y Asistencia Pospenitenciaria, la prohibición de tener y portar todo tipo de armas de fuego. Además deberá conseguir una ocupación para subsistir y no podrá trabajar ni vincularse como personal de seguridad ni en el Estado ni en el sector privado.

EL ABOGADO DE LOS VIGILADORES "LEANDRO MARTÍNEZ CANTER"

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*