DESDE EL 6 DE ABRIL RIGE EL NUEVO CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA CIRCULAR

Se postergó hasta el 6 de Abril el Certificado Único Habilitante para Circulación, ¿quienes lo necesitan? y ¿como obtener el permiso?

El gobierno nacional, a través del Ministerio del Interior, dispuso la creación del “Certificado Único Habilitante para Circulación» (CUHC), en el marco de la emergencia por el Covid-19. En un principio se había establecido que estuviera vigente a partir del 1° de abril. Sin embargo, las autoridades postergaron su puesta en marcha para el 6 de abril por los problemas que hay en el sitio web para completar el formulario.

A partir de ese día, será el único permiso válido para transitar por la vía pública y reemplazará al emitido por la ciudad de Buenos Aires y por las provincias.

El trámite tiene el carácter de declaración jurada para los aplicantes, por lo que el eventual falseamiento de datos “dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”.

A través de esta herramienta, desarrollada de manera conjunta entre la cartera de Interior y la Secretaría de Innovación Pública de Jefatura de Gabinete, podrán validar su situación los ciudadanos alcanzados en las excepciones previstas por el artículo 6° del decreto que dispuso el aislamiento social obligatorio tales como:

  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios esenciales de vigilancia privada, limpieza y guardia.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

El tramite se podra realizar de forma online desde la siguiente pagina https://tramitesadistancia.gob.ar/.

Según explicaron desde el Ministerio del Interior, hay que tener paciencia para realizar el tramite. El sistema se encuentra colapsado por la gran cantidad de personas que ingresan a solicitar el permiso. Es probable que durante varios intentos el usuario se encuentre con una pantalla que indica “El sitio se encuentra en mantenimiento”. Por esos inconvenientes técnicos, el Gobierno extendió hasta el 6 de abril el plazo para hacer el trámite.

EL ABOGADO DE LOS VIGILADORES "LEANDRO MARTÍNEZ CANTER"

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