¿CUÁNDO Y CÓMO SE DEBE PAGAR EL AGUINALDO? LEANDRO MARTÍNEZ EXPLICA LOS DETALLES

aguinaldo para los vigiladores

Durante esta época del año, surge la pregunta recurrente: ¿Cuándo y cómo se debe pagar el aguinaldo? Leandro Martínez, El Abogado de los Vigiladores, aclara estos puntos fundamentales según la Ley de Contrato de Trabajo.

El aguinaldo debe abonarse según lo estipulado en el artículo 122 de la ley mencionada, que establece un plazo inamovible: el 30 de junio. Martínez Canter enfatiza que este plazo es categórico, independientemente de si el 30 de junio cae en día no hábil, como un domingo.

«El pago del aguinaldo no se posterga ni se integra al salario del mes siguiente», asegura Martínez Canter. Las empresas suelen programar las transferencias con anticipación mediante software bancario, asegurando que los fondos estén disponibles en la fecha estipulada.

En cuanto al cálculo del aguinaldo, Martínez Canter explica que se basa en el promedio del mejor salario del último semestre, considerando todas las sumas remunerativas. Sin embargo, aclara que algunas categorías laborales, como la Seguridad Privada, pueden tener exclusiones específicas, como viáticos o sumas no remunerativas.

«El artículo 122 de la ley, modificado por la ley 27.073, es claro al respecto: el aguinaldo es un derecho que debe respetarse sin excepciones», concluye el Abogado de los Vigiladores «Es hora de dejar de incumplir con los trabajadores. El aguinaldo es sagrado».

Para más información o consultas adicionales, Martínez se pone a disposición para aclarar cualquier duda sobre este tema crucial para los trabajadores.

Ver vídeo de la explicación del Abogado de los Vigildores Leandro Martínez Canter:

EL ABOGADO DE LOS VIGILADORES "LEANDRO MARTÍNEZ CANTER"

7 comentarios

  1. De aguinaldo 245 mil una cargada te sacan de básico no del bruto. Si cobras 800 mil de sueldo y te pagan245 . Son de terror.

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