¿CÓMO ME DEBERÁN PAGAR LOS DÍAS FERIADOS DEL 19 Y 20 de junio?

feriados 19 y 20 de junio

El Abogado de los Vigiladores brinda asesoramiento sobre el cobro de las horas trabajadas durante los feriados del lunes 19 y martes 20 de junio.

Leandro Martinez Canter, conocido como el «Abogado de los Vigiladores» por su destacada labor en asesoría legal especializada en Seguridad Privada, ha publicado un vídeo para proporcionar una visión detallada sobre cómo corresponde remunerar los feriados del lunes 19 y martes 20 de junio.

En relación al lunes 19, las horas laboradas deben ser pagadas al 100%, ya que se trata de un feriado puente. Esta medida tiene como objetivo promover el turismo y estimular la actividad económica interna. Conforme lo establecido en la Ley de Establecimientos de Feriados y Fines de Semanas Largos N° 27.399, en los artículos N° 7 y N° 8.

Por su parte, el martes 20 es un feriado nacional en el que las horas trabajadas también deben ser remuneradas al 100%, al tratarse de una fecha patria en la que se conmemora el legado del General Manuel Belgrano.

Te invitamos a ver el vídeo para obtener una comprensión más completa de la información presentada:

TE INVITAMOS A COMPLETAR EL SIGUIENTE DESAFIÓ

EL ABOGADO DE LOS VIGILADORES "LEANDRO MARTÍNEZ CANTER"

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