En esta nueva entrega veremos los artículos 27, 28 y 29 del Convenio Colectivo de Trabajo de los Vigiladores.
Seguimos estudiando el CCT 507/07 para que puedas generar tu propios mecanismo de defensa, sabiendo cuales son tus derecho y obligaciones dentro de tu trabajo como Vigilador.
El Abogado de los Vigiladores «Leandro Martínez Canter», nos trae una nueva entrega de esta fundamental capacitación, en la que va estar desarrollando los artículos 27, 28 y 29.
CAPÍTULO 15
Convenio Colectivo de Trabajo 507/07
Artículo 27°: Delegado gremial.
Su elección se ajustará a la normativa vigente en la materia.
Cuando en un establecimiento en que se halle instalado un servicio de vigilancia se solicitara la remoción de un vigilador que eventualmente se desempeñe como Delegado Gremial, la empresa de vigilancia y seguridad que fuere requerida en tal sentido podrá: previo acuerdo de partes con intervención de la UPSRA, trasladar a ese delegado gremial a otro objetivo sin desmedro de su pertinente estabilidad sindical.
Artículo 28°: Botiquín de primeros auxilios.
Los empleadores proveerán a su cargo botiquines de primeros auxilios debidamente equipados. El
responsable del mismo será el vigilador principal. Estos tienen la obligación de informar inmediatamente al Superior respecto de los elementos que por su uso faltaren.
Artículo 29°: Garitas.
a) Cuando el empleador se hiciere cargo de un servicio que cuente con puesto a la intemperie, deberá instalar garitas o refugios que reúnan condiciones para tal fin.
b) Aquellas garitas que se encuentren en la vía pública, deberán contar con una adecuada iluminación, amparo, baños químicos e identificación de la empresa prestadora del servicio.
Mirá la explicación del Abogado de los Vigiladores «Leandro Martínez Canter»:
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Que posibilidad hay de pedirle al abogado que analize un fallo sobre el pago de extras que recientemente en noviembre fue dictado por la suprema corte de justicia y si el fallo puede beneficiar a nuestra actividad. Gracias comparto el enlace de la nota https://www.grupoprofessional.com.ar/blog/la-corte-suprema-definio-criterio-para-computo-de-horas-extras/