Un vigilador de la empresa Líderes, que presta servicios de seguridad en uno de los talleres del sistema ferroviario de Trenes Argentinos, fue víctima de una agresión a manos de desconocidos con el objetivo de robarle su teléfono móvil.
Los hechos ocurrieron la noche del [fecha], cuando el vigilador se encontraba desempeñando sus funciones de seguridad en las inmediaciones de una estación del taller de Trenes Argentinos en José León Suárez. Según testigos presenciales, el individuo se encontró con el Vigilador y, de manera violenta, lo agredieron con la intención de arrebatarle sus pertenencias.
La agresión, que tuvo lugar en una zona que suele ser frecuentada por usuarios del sistema ferroviario, generó una situación de alarma. Rápidamente, se dio aviso a las autoridades y a los servicios de emergencia, quienes llegaron al lugar para brindar asistencia al Vigilador herido.
El Vigilador sufrió heridas de diversa consideración durante el ataque y fue trasladado a un centro de atención médica cercano para recibir tratamiento y evaluación médica. Aunque su estado de salud es estable, se espera que se recupere por completo de las lesiones sufridas.
Pobre vigilador ,le corresponde una indemnización por art por lo sucedido ?
Sería interesante y de muy clarificante que el abogado de los vigiladores sr Leandro Martínez canter, explique los alcanses de la ley cuando las empresas manifiestan acojerce al art 21 del convenio dónde el feriado puede ser retribuido en un franco compensatorio. Ya que muchas lo dan en un día el cual es tu descanso. Entiendo que la ley determina para esto el artículo 207 de LCT y dándonos en un día de descanso creo que proceden con el art 66 LCT me gustaría saber