En el marco de las negociaciones paritarias, a través de la segunda adenda del Anexo V, se ha alcanzado un acuerdo que repercute directamente en la remuneración de los Vigiladores durante sus períodos de vacaciones. Según lo acordado, se implementará un pago adicional en pesos por cada día de vacaciones.
Es fundamental destacar que este monto adicional se considera «remunerativo», lo que implica que estará sujeto a descuentos impositivos habituales. Este detalle es crucial para que los trabajadores comprendan plenamente la naturaleza de este beneficio.
El acuerdo especifica que este pago adicional se aplicará exclusivamente a los primeros 21 días de vacaciones desde el mes de diciembre. Es decir, si un Vigilador decide tomarse, por ejemplo, 15 días de vacaciones, recibirá el pago adicional por ese período específico. No obstante, si opta por un período de 35 días de vacaciones, el monto adicional de $1980 pesos solo se aplicará a los primeros 21 días.
Este nuevo acuerdo representa un avance significativo en las condiciones laborales de los Vigiladores, brindándoles un incentivo adicional durante sus períodos de descanso. Sin embargo, es esencial que los trabajadores estén al tanto de las implicaciones fiscales asociadas con este pago para evitar sorpresas en sus recibos de sueldo.
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